Obligaciones en la Coordinación de Actividades Empresariales

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Todo empresario está obligado a realizar Coordinación de Actividades Empresariales y el R.D. 171/2004 define cuatro deberes que deben cumplir las empresas que concurren en un centro de trabajo: deber de cooperación, información, dar instrucciones y vigilancia.
Es de aplicación a la Coordinación de Actividades Empresariales, el artículo 42.2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Este artículo, regula la responsabilidad solidaria entre la empresa principal, los y las contratistas y los y las subcontratistas, durante el período de la contrata, de las obligaciones impuestas por esta Ley en relación con los trabajadores y las trabajadoras que aquéllos ocupen en los centros de trabajo de la empresa principal, siempre que la infracción se haya producido en el centro de trabajo de dicho empresario o empresaria principal.
Cuando las empresas incumplen las obligaciones legales en materia de coordinación, lleva consigo responsabilidades administrativas, pero si este incumplimiento deriva en daños y perjuicios para los trabajadores o empresas concurrentes puede dar lugar a responsabilidades más graves a nivel civil y penal:

Responsabilidad Administrativa

Cuando se produce la responsabilidad administrativa ante una infracción laboral en materia de prevención de riesgos laborales, corresponde la aplicación de una sanción, que puede conllevar el pago de una multa, la suspensión o cierre del centro de trabajo. Cuando haya incumplimiento de la normativa de prevención sin transcendencia grave para la integridad física y la salud de los trabajadores.

Responsabilidad Civil

La responsabilidad civil se produce para resarcir los daños y perjuicios derivados, ocasionados como consecuencia del sufrimiento de un siniestro laboral derivado de un incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales. Si acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado

Responsabilidad Penal

Se produce la responsabilidad penal cuando por incumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales ha dado lugar a un accidente de trabajo del que se derivan lesiones que afectan a la salud, integridad física o la vida de los trabajadores y las trabajadoras. Se enfrentarán a esta sanción cuando se demuestre que ha habido delito ante lesiones o muerte derivada de un incumplimiento.

Evitar riesgos legales: Responsabilidad en tu empresa

Las empresas para evitar que les puedan reclamar alguna responsabilidad deben cumplir con todos los deberes y obligaciones legales, pero además deben comprobar que las empresas con las que trabajan también cumplen con sus obligaciones en todos los ámbitos.
-En el ámbito laboral, deberán comprobar mediante certificado, que las empresas no tienen ninguna deuda con sus trabajadores ni con la Seguridad Social y que cumplen todas las obligaciones.
– En al ámbito fiscal, deberán comprobar que no tienen deudas con Hacienda, siempre mediante un certificado.
– En el ámbito de la prevención, el más importante, deberán acreditar lo establecido en la Ley 31/95 y el RD 171/04, solicitando la justificación mediante la coordinación de actividades establecida con las distintas empresas concurrentes que cumplen con los deberes y obligaciones establecidos con la ley, tanto a nivel de empresa (Servicio de Prevención, Mutua, etc.) como a nivel de trabajadores. Esta es la parte más importante ya que hay que justificar la información y formación de los trabajadores en su puesto de trabajo, la entrega de EPIs y su aptitud médica para realizar su trabajo, etc…
Deberán asegurarse de que los trabajadores están plenamente capacitados para la realización del trabajo.
-También es necesario, si se utilizan diferentes vehículos o máquinas en el trabajo a realizar, certificar las características, su correcto estado y mantenimiento y que cuentan con seguro.
-Es conveniente asegurarse que la empresa cuenta con un seguro de responsabilidad civil vigente.
-Cada empresario es libre de solicitar toda documentación que considere oportuna para poder cumplir con sus obligaciones

Muchas empresas no son informadas de los problemas que puede tener en caso de no realizar correctamente una coordinación de actividades empresariales.
Además de las posibles pérdidas humanas que pudieran producirse, habría que asumir las consecuencias legales posteriores, lo que finalmente se convierte en un grave problema para la empresa que se podría evitar o al menos minimizar siguiendo las pautas y protocolos de actuación anteriormente citados.

Beatriz García Piudo
-Diplomada en Relaciones Laborales
-Master en Prevención de Riesgos Laborales.

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