La Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) es un conjunto de procesos, procedimientos y técnicas que buscan garantizar la seguridad y salud en el trabajo cuando en un mismo centro desarrollan actividades laborales dos o más empresas. Estas prácticas permiten prevenir accidentes y mejorar las condiciones laborales, optimizando recursos y reduciendo costos asociados a la prevención de riesgos laborales.
Coordinación empresarial: Importancia y beneficios (CAE)
- Cumplimiento Legal y Normativo
Es de vital importancia para cumplir con las obligaciones legales y normativas establecidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 171/2004 ya que la misma obliga a realizar la coordinación de actividades empresariales. Estas regulaciones establecen que las empresas deben garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores, así como de aquellos que trabajen para otras empresas en sus instalaciones.
- Mejora en la Gestión de Riesgos Laborales
La correcta implementación permite una mejor gestión de los riesgos laborales, al identificar y evaluar de manera conjunta los riesgos y tomar medidas de prevención y protección adecuadas para cada situación. Esto se traduce en una reducción de accidentes laborales y enfermedades profesionales.
- Optimización de Recursos y Reducción de Costos
Promueve la cooperación y coordinación entre las empresas, facilitando la optimización de recursos y la reducción de costos asociados a la prevención de riesgos laborales. Al compartir información, equipos y formación, las empresas pueden implementar medidas de prevención de manera más eficiente y efectiva.
¿Qué artículo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales exige la Coordinación de actividades empresariales?
El artículo que exige la coordinación de actividades empresariales en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) es el artículo 24. El Real Decreto 171/2004, de 30 de enero desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995
Este artículo establece la obligación de las empresas de cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales cuando sus trabajadores compartan un mismo centro de trabajo:
Artículo 24. Coordinación de actividades empresariales.
“Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A tal fin, establecerán los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a la prevención de riesgos laborales y, en particular, respecto de la información sobre los riesgos generales y específicos en el centro de trabajo, las medidas de emergencia y las medidas para la prevención de riesgos que deban adoptarse, tanto en la empresa usuaria como en la empresa contratista o subcontratista.
El empresario titular del centro de trabajo adoptará las medidas necesarias para que aquellos otros empresarios que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y las medidas de protección y prevención correspondientes, así como respecto a las medidas de emergencia a aplicar, tanto por el empresario titular como por los otros empresarios concurrentes.
Reglamentariamente se establecerán las condiciones de información, consulta y participación de los trabajadores y sus representantes en relación con la adopción de las medidas de coordinación previstas en este artículo y las materias objeto de la cooperación entre empresarios”.
¿Quién debe realizar la CAE?
La coordinación de actividades empresariales es una responsabilidad compartida por todos los empresarios y trabajadores que comparten el mismo centro de trabajo. Cada uno tiene el rol de garantizar que se cumplan las normas de prevención de riesgos laborales y se proteja la seguridad y salud de todos los trabajadores.
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